La Cámara de Apelaciones de Lomas de Zamora anuló el sobreseimiento que benefició a Pablo Moyano en una causa donde se investiga un presunto fraude en la venta de entradas de Independiente. El expediente había sido elevado a juicio sin Moyano entre los acusados. Ahora el tribunal ordenó dictar un nuevo fallo.
Tras la apelación que realizó el fiscal Sebastián Scalera, a la que el tribunal hizo lugar, el fallo lleva la firma de los camaristas de Lomas de Zamora Pablo Little y Alejandro Rojas, que criticaron los fundamentos de la jueza Brenda Madrid para desvincular a Pablo Moyano y Scalera sostiene que Moyano comanda una asociación ilícita.
En octubre de 2020, este fiscal solicitó que se elevara a juicio oral la causa con Pablo Moyano entre los acusados a juzgar, con idea de que junto con Pablo “Bebote” Álvarez eran los jefes de una asociación ilícita.
Según el fiscal, la organización criminal investigada surgió en los últimos días de la presidencia del club de Víctor Javier Cantero, cuando, según ‘Bebote’ Álvarez, fue citado por Pablo Moyano para pactar un plan común para desestabilizar a Cantero, lograr su salida anticipada (por la vía coercitiva) y, de esta forma facilitar el desembarco de los Moyano en la dirección de la institución.
La evidencia demuestra que el plan para sacar a Cantero de la presidencia del club consistió en actos ilegales realizados por la barra, afirmó el fiscal, que sostuvo que el apriete fue decidido, promovido, validado y subvencionado por un grupo al que pertenecía Pablo Moyano.
La jueza Madrid, sin embargo, despegó a Moyano de las acusaciones de fraude con la venta de entradas. Dijo que de acuerdo con las pruebas recabadas en el expediente no consta que Moyano hubiera participado de las maniobras delictivas.
Pero ahora los camaristas refutaron su punto de vista. Dijeron que el fallo de la jueza presenta defectos de relevancia que indefectiblemente llevan a su descalificación como acto judicial válido. Le criticaron que haya tenido por acreditada la existencia de la organización delictiva, pero haya establecido un nuevo criterio con el que ahora descarta la participación de Moyano.
“En lo que respecta a la mencionada defraudación al Club Atlético Independiente mediante la gestión, obtención, impresión oculta y reventa de entradas, protocolos de acceso a los espectáculos deportivos de dicha institución, bonos y cuotas sociales por fuera del ámbito societario, sin ingresar al producido económico al patrimonio del Club, también existió pronunciamiento anterior en el que se tuvo por demostrada la existencia de una organización criminal, que cabría tener por inexistente en base a lo considerado ahora, dice el fallo que anula lo que había decidido la jueza.
“No se aprecia que su convicción provenga de una conclusión razonada”, afirma la sentencia sobre la decisión de la jueza de dejar a Moyano fuera del juicio oral.